Inclusión en el lugar de trabajo

Represalias

Usted tiene la responsabilidad de no tomar represalias contra los empleados.

Usted tiene la responsabilidad de no tomar represalias contra los empleados que participen en actividades protegidas por las leyes federales de igualdad de oportunidades de empleo. En general, esto significa que no puede tomar medidas adversas, como: 

  • despedir;
  • rechazar para un trabajo o un ascenso;
  • asignar menos tareas;
  • obligar a tomar licencia o
  • alterar negativamente las condiciones de empleo de una persona por haber presentado una queja sobre discriminación (tanto si la supuesta discriminación iba dirigida contra esa persona u otro empleado), o participar en una actividad protegida o tomar una medida que pudiera disuadir a un empleado razonable de plantear una inquietud sobre una posible infracción o participar en otra actividad protegida relacionada por haber presentado una queja sobre discriminación, tanto si la supuesta discriminación iba dirigida contra esa persona como contra otro empleado. 

 

Sus empleados tienen derecho a presentar una denuncia por discriminación ante un tribunal o una agencia federal, ante la EEOC o participar en una investigación o juicio por discriminación laboral sin sufrir represalias de su parte. Castigar a candidatos o empleados por hacer valer su derecho a no sufrir discriminación o acoso puede infringir la ley. 

 

No está permitido tomar represalias contra los empleados que participen en actividades protegidas, como: 

  • presentar o ser testigos en una denuncia, una investigación o un juicio por discriminación;
  • comunicarse con un supervisor por discriminación o acoso laboral;
  • responder preguntas durante una investigación por discriminación o acoso;
  • negarse a cumplir órdenes que pudieran dar lugar a discriminación u oponerse a la discriminación; 
  • resistirse a las insinuaciones sexuales o intervenir para proteger a los demás;
  • solicitar ajustes por discapacidad o práctica religiosa o
  • pedir información salarial para descubrir salarios potencialmente discriminatorios.

 

Puede sancionar o despedir a un empleado si existe un motivo no discriminatorio y no basado en represalias que, de otro modo, tendría tales consecuencias. Sin embargo, no se le permite hacer nada en respuesta a una actividad de igualdad de oportunidades de empleo que pueda disuadir a otra persona de presentar una resistencia o una queja por discriminación. 

 

Los empleados están protegidos contra las represalias independientemente de su condición migratoria. Las represalias basadas en la condición migratoria pueden incluir acciones como amenazas de llamar a las autoridades migratorias, solicitud de nuevos documentos I-9 de verificación de empleo o información sobre el número de la seguridad social y los intentos del empleador de llamar a la policía e implicar a las autoridades migratorias. 

¿Preguntas?
Estamos listos para ayudarlo.

Tenemos el compromiso de ayudarlo a entender sus responsabilidades como empleado. Muchas preguntas sobre sus responsabilidades pueden responderse utilizando los siguientes asesores de elaws (Asistencia sobre leyes laborales para trabajadores y pequeñas empresas):

Para recibir asistencia adicional, comuníquese con:

Oficina de Programas de Cumplimiento de Contratos Federales (OFCCP): 1-800-397-6251 o la línea de ayuda de la OFCCP

Sección de Derechos de los Inmigrantes y los Empleados (IER) de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los EE. UU.: 1-800-255-7688 o IER@usdoj.gov

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¿Necesita más información?

Los asesores de elaws (Asistencia sobre leyes laborales para trabajadores y pequeñas empresas) son una serie de herramientas en línea desarrolladas por el Departamento de Trabajo de los EE. UU. para ayudar a los empleados y empleadores a entender sus derechos y responsabilidades en virtud de las leyes laborales federales.