Empleo para veteranos y militares

Licencia laboral para prestar servicio militar

Usted tiene la responsabilidad de proporcionar licencias no remuneradas para prestar servicio militar.

Es posible que se convoque a los empleados que no forman parte del servicio uniformado para realizar sus tareas de forma voluntaria o involuntaria. Es fundamental que respalde a estos empleados para que desplieguen sus habilidades de la mejor manera, tanto en puestos civiles como militares.

 

Antes de que un empleado se ausente para prestar servicio militar, lo que incluye capacitación, servicio activo y otras responsabilidades, debe presentar una notificación previa para ser elegibles para el reempleo. La ley federal no especifica un plazo específico para presentar esta notificación. Puede ser oral o escrita, y no puede especificar la forma de la notificación. No obstante, hay algunas excepciones para presentar la notificación, como en el caso de necesidad militar.

 

Usted no cuenta con un “derecho a negarse” a la licencia militar y no puede tomar ni amenazar con tomar medidas adversas en contra del militar por retirarse para prestar el servicio. De la misma manera, es posible que se le prohíba tomar medidas o amenazar con tomar medidas adversas en contra de la persona si no se presenta la notificación. Sin embargo, si la ausencia del empleado supone una carga significativa, puede comunicarse con el comandante de la unidad militar del empleado para consultar si la tarea podría reprogramarse o si la podría llevar a cabo otro miembro. Si no se completa esta solicitud, debe conceder de todas formas la licencia no remunerada para que el empleado pueda cumplir con la tarea militar; no puede tomar medidas adversas contra el empleado.

 

No puede solicitar que un militar use el tiempo de vacaciones para realizar el servicio militar, pero sí puede permitir que el empleado use el tiempo de vacaciones acumulado para realizar el servicio. Además, mientras el empleado esté ausente, la ley estipula la continuación de los beneficios de salud si está cubierto por el plan otorgado por el empleador.

 

Como empleador, le conviene familiarizarse con estas leyes y comunicarse con el Servicio de Capacitación y Empleo de Veteranos (VETS) del Departamento del Trabajo de los EE. UU. si tiene preguntas.

¿Preguntas?
Estamos listos para ayudarlo.

Tenemos el compromiso de ayudarlo a entender sus responsabilidades como empleado. Muchas preguntas sobre sus responsabilidades en cuanto a los empleados veteranos o militares pueden responderse utilizando el siguiente asesor de elaws (Asistencia sobre leyes laborales para trabajadores y pequeñas empresas):

VETS exige el cumplimiento de USERRA y la Oficina de Programas de Cumplimiento de Contratos Federales (OFCCP) exige el cumplimiento de Ley de Asistencia para la Readaptación de los Veteranos de Vietnam (VEVRAA). Estas agencias trabajan en conjunto según corresponda para garantizar que los militares y los veteranos de Estados Unidos reciban un trato justo.

Para recibir asistencia adicional, comuníquese con:

VETS: 1-866-4-USA-DOL o su oficina de VETS local

OFCCP: 1-800-397-6251 o la línea de ayuda de la OFCCP

Military woman waiting with hands on a desk

¿Necesita más información?

Los asesores de elaws (Asistencia sobre leyes laborales para trabajadores y pequeñas empresas) son una serie de herramientas en línea desarrolladas por el Departamento de Trabajo de los EE. UU. para ayudar a los empleados y empleadores a entender sus derechos y responsabilidades en virtud de las leyes laborales federales.